Leemos en ‘Apunta y dispara‘, el blog de fotografía del diario El País, que la Real Academia Española ha incluido en su última ortografía el término ‘zum’ con la siguiente definición
zum.
1. m. Cinem., Fotogr. y TV. Teleobjetivo especial cuyo avance o retroceso permite acercar o alejar la imagen.
2. m. Efecto de acercamiento o alejamiento de la imagen obtenido con este dispositivo.
Sin embargo -alejándonos del manual de estilo del diario- mientras la definición siga siendo incorrecta, y mi Tokina 12-24 no sea un ‘zum’ según la RAE, ejerceré la pequeña rebeldía de seguir escribiendo zoom, y quedándome con la definición de la Wikipedia.
Un objetivo zoom es un objetivo de distancia focal variable, es decir, aquellos en los que se puede variar a voluntad la distancia focal y, en consecuencia, el ángulo de visión.