Quiero aclarar que en publicidad e Industrial se dan los archivos, pero con un contrato cediendo los derechos de uso por un tiempo limitado, un medio determinado, una tirada determinada, y una ubicación determinada.
Es decir se ceden los derechos de uso pero con control, las imágenes siempre son del fotógrafo.
Yo habitualmente las cedo por 5 años, en tirada nacional y en un medio determinado que me pide el cliente, pero nunca para que hagan con las imágenes lo que quieran.
Es decir copiar unas imágenes en un CD a un cliente no le dá derecho a utilizarlas, para eso se firma un contrato de cesión de derechos.
Es más cuando la editorial ó la agencia quiere hacer una nueva edición ó utilizar para otro objeto tus imágenes, tienen que solicitar de nuevo tu autorización y pagar por ello.
EL problema es cuando se dejan las imágenes sin firmar ningún tipo de contrato, cosa que no aconsejo que se haga nunca.